Suprema - Rol 3229-2007
LEIVA CONEJEROS PEDRO CONTRA ALCALDE COMUNA DE SAN ROSENDO
Abstracto
La Corte Suprema confirma la inadmisibilidad de un recurso de protección por extemporaneidad, al ser presentado fuera del plazo de 15 días desde el acto lesivo original (Decreto Alcaldicio N° 1115).
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección deducido por don contra el alcalde de la comuna de San Rosendo, don .
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones rechazó el recurso. Se recurre de apelación ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos Don se desempeñaba como director del Liceo C-72 de la comuna de San Rosendo desde 1987. El Decreto Alcaldicio N° 1115, de 26 de diciembre de 2006, dispuso su cese en el cargo a partir del 28 de febrero de 2007. Posteriormente, el Decreto Alcaldicio N° 23, de 1 de marzo de 2007, nombró a como director reemplazante.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el recurso de protección fue interpuesto dentro del plazo legal establecido en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia.
• Argumentos de las partes El recurrente ( ) considera ilegal y arbitrario el Decreto Alcaldicio N° 23, argumentando que no procedía su separación del cargo mientras no se realizaran los concursos públi...
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