Suprema - Rol 2754-2006
FICA ALARCON VERONICA Y OTROS (4) CON BANCO DE CHILE Y DE MIRANDA MULTITIENDAS LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el Banco de Chile contra la sentencia que acogió la tercería de prelación, confirmando el derecho de los terceristas a pagarse preferentemente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Tercería de prelación, Rol N° 15.039-2005, Segundo Juzgado Civil de San Fernando. Demandantes: y otros. Demandados: Banco de Chile y De Miranda Multitiendas Ltda. • Antecedentes procesales relevantes: El Juzgado de primera instancia acogió la tercería, declarando el derecho de los demandantes a pagarse preferentemente su crédito. La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso de casación en la forma y confirmó la sentencia de primera instancia. El Banco de Chile interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo. • Hechos establecidos: Los terceristas son acreedores de De Miranda Multitiendas Ltda. por remuneraciones e indemnizaciones laborales, créditos que gozan del privilegio de primera clase. El Banco de Chile es acreedor hipotecario de la misma empresa. Los terceristas alegan que no existen otros bienes del deudor para cubrir sus créditos, por lo que solicitan pagarse con preferencia sobre la finca hipotecada. • Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: 1. Validez del emplazamiento del Banco de Chile y De Miranda Multitiendas Ltda. 2. Si el avenimiento suscrito por el síndico interventor constituye título ejecutivo válido. 3. Si los créditos laborales pueden ext...
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