Suprema - Rol 3186-2008
SOC. AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL LAS CRUCES S..A CON JARAMILLO ARRIAGADA PAUL Y OTRA
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, estableciendo que en un juicio sumario con pluralidad de demandados, el abandono del procedimiento no puede ser declarado si no han sido notificados todos los demandados, invalidando la sentencia recurrida.
Resumen
• Datos básicos del caso Juicio sumario de cerramiento caratulado “Soc. Agrícola, Ganadera y Forestal Las Cruces S.A. con , y otra”, Rol N° 4819, seguido ante el Juzgado Civil de Pichilemu.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado Civil de Pichilemu acogió incidente de abandono del procedimiento, resolución confirmada por la Corte de Apelaciones de Rancagua. La demandante interpuso recurso de casación en el fondo contra esta última decisión.
• Hechos establecidos —
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Es procedente declarar el abandono del procedimiento en un juicio sumario con pluralidad de demandados, cuando no todos han sido notificados de la demanda?
• Argumentos de las partes La demandante (recurrente) argumenta que el abandono del procedimiento requiere la existencia de un juicio, que se configura al trabarse la litis con la notificación de la demanda a todos los demandados, especialmente en casos de litisconsorcio pasivo. Alega que el plazo para la audiencia de contestación y conciliación es común, por lo que debe computarse desde la notificación al último demandado. La falta de notificación a todos los demandados impide que se trabe la litis, haciendo improcedente el abandono. ...
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