Suprema - Rol 5559-2007
INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL CON
Abstracto
La Corte Suprema confirma con modificaciones la sentencia apelada, declarando prescrita parcialmente la acción de cobro de pensiones de invalidez. Se ordena la restitución de los dineros percibidos desde el 18 de julio de 2000, con reajustes e intereses.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el marco de un juicio sobre cobro de pensiones de invalidez.
• Antecedentes procesales relevantes Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, tras un fallo de casación previo. Se reproduce la sentencia de alzada con modificaciones menores en los considerandos décimo y duodécimo. Se reproducen los fundamentos séptimo a décimo noveno del fallo de casación.
• Hechos establecidos El decreto de jubilación del demandado concedió pensión de jubilación por invalidez a contar del 4 de octubre de 1993. La demanda fue notificada el 18 de julio de 2000.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinación del plazo de prescripción aplicable a la acción de cobro de las prestaciones pecuniarias derivadas del acto administrativo cuya nulidad se declaró. Definición del dies a quo para el cómputo del plazo de prescripción en este caso concreto. Establecimiento de las sumas que deben ser restituidas por el demandado, considerando la prescripción alegada.
• Argumentos de las partes No se explicitan en esta sentencia de reemplazo.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Artículos 2515 y 2497 del Código Civil: Prescripción de las acciones ordinarias en el plazo de cinco años,...
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