Suprema - Rol 5971-2009
BEATRIZ DEL CARMEN BARRIOS VERDUGO CONTRA SUPERMERCADO KORLAET CALAMA
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, en sentencia de 10 de septiembre de 2009, se pronuncia sobre la procedencia del amparo económico (Ley N° 18.971) para proteger la libertad económica (Art. 19 N° 21 inc. 1° CPR), concluyendo que no es el recurso idóneo para ello.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción de amparo económico (Ley N° 18.971) interpuesta por doña contra Supermercado Korlaet (Hermanos Rendic S.A.) por suspender el suministro eléctrico del local arrendado por la actora dentro del supermercado.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte Suprema revisa una sentencia (no se indica el tribunal inferior) que se presume acogió la acción de amparo económico. La Corte Suprema elimina parte de los fundamentos de la sentencia revisada y la aprueba.
• Hechos establecidos Doña alega que Supermercado Korlaet (Hermanos Rendic S.A.) vulneró su derecho a desarrollar una actividad económica lícita (Art. 19 N° 21 inc. 1° CPR) al suspender el suministro eléctrico de su local arrendado.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Es el amparo económico (Ley N° 18.971) el recurso idóneo para proteger el derecho a desarrollar una actividad económica lícita (Art. 19 N° 21 inc. 1° CPR) cuando la vulneración proviene de un particular y no del Estado?
• Argumentos de las partes
- Demandante (): No explicita, se deduce que considera vulnerado su derecho a desarrollar una actividad económica lícita por la suspensión del suministro eléctrico.
- Demandado (Supermercado Korlaet / Hermanos Ren...
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