Suprema - Rol 7076-2009

CON

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que el artículo 162 del Código del Trabajo no se aplica cuando la empleadora está en quiebra, primando la ley concursal en la prelación de créditos.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos RUC N°0940009681-0 y RIT N°O-21-2009, Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas. Demandantes: y otros. Demandados: (empleador), Municipalidad de Punta Arenas y Servicio de Vivienda y Urbanismo Magallanes (SERVIU), estos últimos como solidariamente responsables.

• Antecedentes procesales relevantes Los demandantes interponen demanda solicitando la nulidad de los despidos, el pago de remuneraciones y cotizaciones desde el despido hasta la convalidación, y otras prestaciones. El empleador alega imposibilidad de pago por quiebra. El SERVIU solicita el rechazo de la demanda por inexistencia de responsabilidad solidaria. El Juzgado de Letras del Trabajo acoge parcialmente la demanda, declarando la nulidad de los despidos, ordenando el pago de remuneraciones, cotizaciones e indemnizaciones, y condena al SERVIU subsidiariamente. Ambas partes interponen recursos de nulidad, los cuales son rechazados por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. La Municipalidad deduce recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos Existencia de vínculo laboral entre los demandantes y . Declaración de quiebra del empleador. Impago de cotizaci...

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