Suprema - Rol 745-2010
AMRICO PDTE. ASOC. DE FUNCIONARIOS DE LA I. MUNICIP. MOLINA Y , SECRETARIO DE LA ASOCIAC. DE FUNCION. DE LA MISMA MUNICIPALIDAD CONTRA , ALCALDE DE LA I. MUNICIP. DE MOLINA.
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones y rechaza el recurso de protección. Se determina que la suspensión del pago de un incremento previsional, tras un dictamen de la Contraloría, no es ilegal ni arbitraria.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por don y don , Presidente y Secretario, respectivamente, de la Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de Molina, en contra de la Alcaldesa de dicha Municipalidad.
• Antecedentes procesales relevantes: La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de protección. La Alcaldesa de la Municipalidad de Molina apeló de esta decisión.
• Hechos establecidos:
- La Alcaldesa de Molina dictó el decreto exento N°3.785, de 22 de julio de 2009, a petición de la Asociación de Funcionarios Municipales, invocando el dictamen N° 8.466, de 22 de febrero de 2008, de la Contraloría General, sobre el cálculo del incremento previsional del artículo 1° del decreto ley N° 3.501, de 1980.
- Posteriormente, la Alcaldesa suspendió el pago de las diferencias del incremento mediante una comunicación al Departamento de Finanzas de la Municipalidad, basándose en el nuevo dictamen de la Contraloría General N° 44.764, de 18 de agosto de 2009, que aclaró el informe anterior.
- El nuevo dictamen precisó que el incremento previsional solo favorecía a las remuneraciones imponibles vigentes al 28 de febrero de 1981.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la suspensión de...
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