Suprema - Rol 6416-2008
CAMPOS DEL NORTE S.A. CONTRA SR. ALCALDE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, DON
Abstracto
Corte Suprema, 29 de abril de 2010. Se declara que la transacción celebrada entre las partes tiene efecto de cosa juzgada en última instancia, terminando el litigio sobre la ejecución de obras del contrato de concesión.
Resumen
• Datos básicos del caso: Sentencia de reemplazo dictada por la Corte Suprema el 29 de abril de 2010, Rol 6416-2008.
• Antecedentes procesales relevantes: Se reproduce lo resuelto en la sentencia de casación previa, específicamente los considerandos cuarto a séptimo.
• Hechos establecidos: Se acreditó la existencia de una transacción celebrada entre las partes para poner fin a la controversia relacionada con la ejecución de obras del Anexo del Contrato de Concesión suscrito el 22 de julio de 2005.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si, existiendo una transacción entre las partes, es procedente emitir un pronunciamiento sobre la reclamación deducida.
• Argumentos de las partes: No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 2460 del Código Civil relativo al efecto de cosa juzgada de la transacción.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte Suprema basa su decisión en el artículo 2460 del Código Civil, estableciendo que la transacción produce el efecto de cosa juzgada en última instancia. Habiéndose acreditado la existencia de una transacción entre las partes para resolver la controversia sobre la ejecución de las obras del contrato de concesión, no procede emitir pronunciamiento sobre la...
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