Suprema - Rol 2957-2010

A. FONDO PENSIONES PROVIDA CON INSPECCION P.TRABAJO COPIAPO.

Abstracto

La Corte Suprema declara desierto el recurso de unificación de jurisprudencia por no comparecencia de la parte recurrente, conforme al artículo 474 del Código del Trabajo y normas supletorias del Código de Procedimiento Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia Rol N° 2.957-10, Corte Suprema, Cuarta Sala, 25 de mayo de 2010.

• Antecedentes procesales relevantes La parte demandante interpone recurso de unificación de jurisprudencia. Se certifica que, al 18 de mayo de 2010, la parte recurrente no ha comparecido a seguir la tramitación del recurso.

• Hechos establecidos La parte recurrente no compareció a seguir la tramitación del recurso de unificación de jurisprudencia.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si procede declarar desierto el recurso de unificación de jurisprudencia por la no comparecencia de la parte recurrente.

• Argumentos de las partes No hay presentación de argumentos de las partes, dado que se declara desierto el recurso por no comparecencia.

• Doctrina y jurisprudencia citadas No se mencionan explícitamente doctrina o jurisprudencia en la resolución, más allá de las normas legales invocadas.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema El recurso de unificación de jurisprudencia se rige por el artículo 474 del Código del Trabajo y, supletoriamente, por las normas del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, específicamente los artículos 200 y 201. La no comparecencia de la parte recurrente justifica declarar de...

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