Suprema - Rol 6510-2010
VALDES CON ADMINISTRADORA DE MUTUOS HIPOTECARIOS DEL CENTRO SA
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, касаando sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. Determina que la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo solo aplica cuando el empleador despide, no en casos de despido indirecto.
Resumen
• Datos básicos del caso: Demanda de despido indirecto interpuesta por contra Administradora de Mutuos Hipotecarios del Centro S.A. (AMH del Centro S.A.) por falta de pago de remuneraciones y cotizaciones. El demandante solicita indemnizaciones, remuneraciones adeudadas y la convalidación del despido. El caso se tramitó en el Primer Juzgado de Letras y del Trabajo de Santiago, RIT N° O-379-2010, RUC N° 1040017596-4. La Corte Suprema se pronuncia sobre un recurso de unificación de jurisprudencia.
• Antecedentes procesales relevantes: El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago falló a favor del demandante. La demandada interpuso recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Posteriormente, la demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos: Existencia de relación laboral desde el 2 de mayo de 1991. Última remuneración del actor: $2.790.000. La demandada no pagó remuneraciones ni cotizaciones desde octubre de 2009. El término del contrato ocurrió el 2 de febrero de 2010 por despido indirecto del trabajador, fundado en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo. Las cotizaciones de agosto y septiembre de 2009 fueron enteradas el 2 de marzo de 2010.
• Cuestiones ...
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