Suprema - Rol 8313-2010

CON ARAYA MORAGA MARIA ASENETT, JORGE B. BAIER N. Y CIA . LTDA

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de casación, invalidando la sentencia de la Corte de Apelaciones. Se determina que el embargo no puede afectar el patrimonio personal de los socios de una empresa por deudas de esta, respetando la personalidad jurídica propia de la sociedad.

Resumen

• Datos básicos del caso y interponen demanda incidental de tercería de dominio contra y Baier y Compañía Limitada, buscando el alzamiento del embargo sobre el inmueble ubicado en calle Doctora Eloísa Díaz Nº 5.913, inscrito a fojas 2.558 Nº 3.021 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005.

• Antecedentes procesales relevantes El Sexto Juzgado del Trabajo de Santiago rechazó la tercería de dominio en primera instancia. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia. Los terceristas recurrieron de casación en el fondo ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos a) Los terceristas (, y ) son tres de los seis socios de la sociedad “Jorge B. Baier y Compañía Limitada”. b) Existe un vínculo de parentesco entre los socios de la sociedad demandada. c) (demandante principal) requirió la protocolización de la inscripción en el Registro de Comercio de la sociedad demandada, y el certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble embargado registra a y como propietarios.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si procede el embargo ...

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