Suprema - Rol 1176-2010
TRANSPORTES TRICELY S.A. CON SOCIEDAD DE TRANSPORTES RUTA 121
Abstracto
Corte Suprema, 19 de mayo de 2011. Se rechaza recurso de casación en el fondo contra sentencia que ordenó a Sociedad de Transportes Ruta 121 Limitada suscribir contrato de compraventa prometido, al no prosperar las excepciones opuestas.
Resumen
• Datos básicos del caso Juicio ejecutivo de obligación de hacer, caratulado “Transportes Tricelly S.A. con Sociedad de Transportes Ruta 121 Limitada”, Rol Nº 1.057-2008, del 3° Juzgado Civil de Antofagasta.
• Antecedentes procesales relevantes Transportes Tricelly S.A. demandó ejecutivamente a Sociedad de Transportes Ruta 121 Limitada, solicitando se le ordene suscribir contrato de compraventa prometido. La demandada opuso excepciones, incluyendo falta de requisitos para la fuerza ejecutiva del título y nulidad de la obligación. El Juzgado Civil rechazó las excepciones y ordenó seguir adelante con la ejecución. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia. Se interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
- -Mediante contrato de promesa de compraventa de 8 de abril de 2005, Transportes Tricelly S.A. prometió vender, ceder y transferir a Sociedad de Transportes Ruta 121 Limitada, dieciocho derechos de renovación correspondientes a buses. Se estableció que el contrato de compraventa se suscribiría sólo si era posible la transferencia de los derechos.
- -El 15 de junio de 2005, se cambió la razón social de "Transportes Tricelly Ltda." a "Sociedad Transportes Ruta 121 Ltda.", quedando a nombre de la nueva empresa setenta y tres máquinas, incluidas las diecio...
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