Suprema - Rol 4886-2011
AES GENER S.A CON SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, ratificando la multa impuesta a una empresa eléctrica por negligencia en la coordinación del CDEC-SIC durante un corte de suministro eléctrico, al no promover acciones para prevenir la falla.
Resumen
• Datos básicos del caso La sentencia corresponde al Rol N°4886-2011 de la Corte Suprema, de fecha 23 de agosto de 2011.
• Antecedentes procesales relevantes Se apela a la sentencia de primera instancia, de fecha 10 de mayo de 2011, que había rechazado la reclamación de una empresa eléctrica contra una multa impuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
• Hechos establecidos Se investigó un corte de suministro eléctrico ocurrido en enero de 2003. Se determinó que el Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado Central (CDEC-SIC) no consideró en su planificación la posible salida intempestiva del mayor distribuidor del país, Chilectra S.A.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar la responsabilidad de la empresa reclamante en el corte de suministro eléctrico. Determinar si procede la rebaja de la multa impuesta por la SEC.
• Argumentos de las partes La empresa reclamante argumenta que el CDEC-SIC era el responsable de la coordinación y que, por lo tanto, la responsabilidad no recaía directamente en ella. En subsidio, solicita la rebaja de la multa.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se cita el artículo 150 letra b) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1982 del Ministerio de Minería (Ley de Servicios...
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