Suprema - Rol 6462-2011
SINDICATO DE EMPRESA PINTURAS CERESITA S A CON INDUSTRIAS CERESITA S A
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo presentado por la demandada, confirmando la sentencia que la obliga a pagar la gratificación voluntaria a los trabajadores correspondiente al año 2007, al no estar excluido este pago en el contrato colectivo.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo deducido por la demandada contra la sentencia de 24 de mayo de 2011.
• Antecedentes procesales relevantes La demandada interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la instancia inferior. La Corte Suprema ordena dar cuenta del recurso.
• Hechos establecidos
- La empresa demandada entregaba anualmente a sus trabajadores un beneficio denominado “gratificación voluntaria” en el mes de diciembre.
- En diciembre de 2007, este beneficio no fue entregado a un grupo de trabajadores que negoció colectivamente con la empresa.
- El contrato colectivo celebrado entre las partes no menciona el beneficio de la gratificación voluntaria.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sentencia recurrida incurrió en errores de derecho al acoger la demanda de pago de gratificación voluntaria, considerando que existió un contrato colectivo y alegando la demandada que la gratificación fue dejada sin efecto por dicho acuerdo.
• Argumentos de las partes Demandada (recurrente): Denuncia la vulneración de los artículos 303, 348, 455 y 456 del Código del Trabajo y 1560 del Código Civil. Argumenta que la prueba instrumental y confesional acreditan la estructura de remuneraciones anuales, antes y después ...
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