Suprema - Rol 11478-2011
CONTRA LICEO PEDRO AGUIRRE CERDA DE PUERTO VARAS REP POR SU DIRECTOR RIGOBERTO ROSAS GALLARDO Y CONTRA CONSEJO DE PROFESORES
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que acoge el recurso de protección contra el Liceo Pedro Aguirre Cerda, por cancelar la matrícula de un alumno sin seguir el procedimiento establecido en el Manual de Convivencia Escolar, vulnerando el derecho a la educación.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Recurso de protección contra el Liceo Pedro Aguirre Cerda de Puerto Varas.
- Acción interpuesta por la madre de un alumno al que se le canceló la matrícula.
- Sentencia de la Corte Suprema, Tercera Sala, 10 de enero de 2012, Rol Nº 11478-2011.
• Antecedentes procesales relevantes:
- Se recurre de protección contra el ordinario 228 de 27 de septiembre de 2011, que cancela la matrícula de .
- La recurrida (Liceo) informa que el acto no es arbitrario ni ilegal, y que se siguió el procedimiento del Manual de Convivencia Escolar.
- La sentencia de primera instancia acoge el recurso.
- La recurrida apela de esta sentencia.
• Hechos establecidos:
- El Liceo Pedro Aguirre Cerda canceló la matrícula de .
- El Liceo justificó la medida basándose en la participación del alumno en hechos ocurridos el 18 y 19 de septiembre de 2011.
- No se siguió el procedimiento establecido en el Manual de Convivencia Escolar, específicamente la audiencia al alumno antes de la decisión.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:
- Determinar si la cancelación de matrícula se ajustó al procedimiento establecido en el Manual de Convivencia Escolar del establecimiento.
- Determinar si ...
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