Suprema - Rol 6859-2010
, CON ,
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que acoge la acción de rescisión por lesión enorme en la compraventa de nuda propiedad, considerando la edad del vendedor y la diferencia entre el precio pagado y el justo precio del inmueble.
Resumen
• Datos básicos del caso —
• Antecedentes procesales relevantes Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, tras la apelación de la sentencia de primera instancia.
• Hechos establecidos
- Se celebró un contrato de compraventa de nuda propiedad de un inmueble, reservándose el vendedor el usufructo.
- Al momento de la venta, el vendedor tenía 88 años.
- El vendedor falleció 18 meses después de la firma de la compraventa.
- El precio de la venta fue de $30.000.000.
- Un peritaje asigna al inmueble un valor comercial de $146.000.000, al que se deducen $18.195.000 por el usufructo y se suman $8.000.000 por acciones de aprovechamiento de aguas, resultando un justo precio de $128.805.000.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Determinar si la venta de nuda propiedad con reserva de usufructo vitalicio por parte de una persona de avanzada edad puede considerarse un contrato aleatorio.
- Establecer si en la compraventa existió lesión enorme, considerando la diferencia entre el precio pagado y el justo precio del inmueble al tiempo del contrato.
• Argumentos de las partes No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas —
• Fundamentos clave de la Co...
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