Suprema - Rol 6859-2010

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Abstracto

La Corte Suprema confirma la sentencia que acoge la acción de rescisión por lesión enorme en la compraventa de nuda propiedad, considerando la edad del vendedor y la diferencia entre el precio pagado y el justo precio del inmueble.

Resumen

• Datos básicos del caso —

• Antecedentes procesales relevantes Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, tras la apelación de la sentencia de primera instancia.

• Hechos establecidos

  1. Se celebró un contrato de compraventa de nuda propiedad de un inmueble, reservándose el vendedor el usufructo.
  2. Al momento de la venta, el vendedor tenía 88 años.
  3. El vendedor falleció 18 meses después de la firma de la compraventa.
  4. El precio de la venta fue de $30.000.000.
  5. Un peritaje asigna al inmueble un valor comercial de $146.000.000, al que se deducen $18.195.000 por el usufructo y se suman $8.000.000 por acciones de aprovechamiento de aguas, resultando un justo precio de $128.805.000.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte

  1. Determinar si la venta de nuda propiedad con reserva de usufructo vitalicio por parte de una persona de avanzada edad puede considerarse un contrato aleatorio.
  2. Establecer si en la compraventa existió lesión enorme, considerando la diferencia entre el precio pagado y el justo precio del inmueble al tiempo del contrato.

• Argumentos de las partes No se explicita en la sentencia.

• Doctrina y jurisprudencia citadas —

• Fundamentos clave de la Co...

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