Suprema - Rol 2499-2010
TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA (FISCO) CON VALVERDE GUTIERREZ ANTONIO.
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge la excepción de prescripción, al haber transcurrido el plazo de tres años contemplado en el artículo 200 del Código Tributario para el cobro de impuestos, sin que se haya establecido interrupción.
Resumen
• Datos básicos del caso Rol N°2499-2010. Tercera Sala de la Corte Suprema. Fecha: 6 de agosto de 2012.
• Antecedentes procesales relevantes El ejecutado opuso la excepción de prescripción en la gestión administrativa de cobro de impuestos. La Tesorería solicitó el rechazo de la excepción. La sentencia de primera instancia fue apelada y revocada.
• Hechos establecidos Se estableció que los giros fueron notificados al contribuyente el 16 de marzo de 2000. No se estableció la omisión de la presentación de las declaraciones de los impuestos ni que las presentadas fueran maliciosamente falsas.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la acción de cobro de impuestos está prescrita, considerando los plazos establecidos en el Código Tributario y las fechas de pago, notificación de liquidaciones y giros.
• Argumentos de las partes Ejecutado (): La acción de cobro está prescrita porque entre la fecha del último pago (30 de abril de 1996) y la notificación del requerimiento transcurrieron más de tres años (artículo 200 del Código Tributario). Tesorería: Se trata de impuestos sujetos a declaración, por lo que el plazo para revisar, liquidar y girar es de seis años, al igual que el plazo de prescripción. La notificación de las liquidacion...
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