Suprema - Rol 12251-2011
MOYA CON I. MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia sobre cobro de Bono SAE a docentes de Frutillar, касаando sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Se discute la aplicación del incremento valor hora en el cálculo del bono.
Resumen
• Datos básicos del caso En autos RUC N° 1140017598-7 y RIT O-15-2011, docentes demandan a la Municipalidad de Frutillar el cobro del Bono SAE correspondiente a los años 2007, 2008 y 2009.
• Antecedentes procesales relevantes El Primer Juzgado de Letras de Puerto Varas acoge la demanda, rechazando la excepción de prescripción opuesta por la Municipalidad. La demandada apela y deduce recurso de nulidad, el cual es rechazado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Contra esta última resolución, la demandada interpone recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos Los hechos se refieren al cálculo y pago del Bono SAE a docentes municipales, incluyendo la discusión sobre la aplicación del incremento valor hora y la prescripción de la acción de cobro del bono correspondiente al año 2007.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- ¿El Acuerdo Tripartito entre el Colegio de Profesores, la Asociación Chilena de Municipalidades y el Ministerio de Educación interrumpe la prescripción de la acción de cobro del Bono SAE del año 2007?
- ¿Cómo se aplica la Ley N° 20.158 que modificó el inciso 3° de la Ley N° 19.933 en relación con el artículo 10 letra c) de la Ley N° 19.410, específicamente respecto al cálculo del Bono SAE ...
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