Suprema - Rol 7705-2012
TAGLE MUÑOZ TERESA ANGELICA CON I. MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, dejando sin efecto la sanción disciplinaria impuesta a un Director de Compañía de Bomberos por considerarla desproporcionada y arbitraria, vulnerando la garantía de no discriminación.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción de protección de garantías constitucionales interpuesta por don en contra del Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Puerto Varas.
• Antecedentes procesales relevantes El recurrente apela la sentencia de primera instancia que rechazó su recurso de protección. La Corte Suprema revisa la sentencia en alzada.
• Hechos establecidos El recurrente, Director de la Primera Compañía de Bomberos de Puerto Varas, fue sancionado por el Consejo Superior de Disciplina por dos hechos: consultar a Ferexpo sobre el carro bomba y gestionar una donación de un desfibrilador al Rotary Club sin informar al Superintendente. El Consejo lo sancionó según los artículos 21 y 50 letra a) del Reglamento General del Cuerpo de Bomberos, aplicando el artículo 150 letra i) y, eventualmente, las letras g) y h) en caso de reincorporación.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sanción impuesta al recurrente es legal y proporcional, y si vulnera las garantías constitucionales del debido proceso y la no discriminación.
• Argumentos de las partes El recurrente alega que la sanción es desproporcionada, considerando que actuó en beneficio de la compañía y que la omisión de informar fue menor. Argumenta que se vulneraron sus derechos al d...
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