Suprema - Rol 8861-2011
CONTRA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALDERA.
Abstracto
Santiago, 17 de mayo de 2024.
VISTOS:
En estos autos Rol N° 1234-2023, caratulados “ con Municipalidad de Las Condes”, seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, , domiciliado en , interpuso demanda en procedimiento ordinario en contra de la Municipalidad de Las Condes, representada por su Alcalde, , ambos con domicilio en , solicitando se declare la ilegalidad y arbitrariedad del acto administrativo contenido en la Resolución N° 5678 de fecha 10 de marzo de 2023, que denegó la solicitud de patente comercial presentada por la demandante para el ejercicio de la actividad de “Servicios de Diseño” en un inmueble ubicado en la comuna de Las Condes, y que, en consecuencia, se ordene a la demandada otorgar la respectiva patente.
El Primer Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de fecha 20 de junio de 2023, rechazó la demanda, con costas.
Apelada dicha resolución por la demandante, la Corte de Apelaciones de Santiago, por fallo de 15 de noviembre de 2023, la confirmó, con costas.
En contra de esta última decisión, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo.
CONSIDERANDO:
1° Que, la demandante funda su recurso de casación en el fondo en la infracción de los artículos 686, 2081 y 2305 del Código Civil, así como del artículo 23 de la Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria. Alega, en síntesis, que la sentencia recurrida erróneamente interpretó y aplicó dichas normas al confirmar el rechazo de la solicitud de patente comercial, sin considerar que contaba con la autorización del administrador pro indiviso del inmueble donde se pretendía desarrollar la actividad comercial.
2° Que, es un hecho no controvertido que el inmueble donde la demandante pretende ejercer su actividad comercial se encuentra en régimen de copropiedad y que la actora es comunera del mismo. Tampoco se discute que la demandante obtuvo la autorización del administrador pro indiviso para el desarrollo de dicha actividad.
3° Que, el artículo 2305 del Código Civil establece que "Cada comunero tiene sobre la cosa común el mismo derecho que los condueños en el suyo propio. Los frutos de la cosa común pertenecen a todos los comuneros, a prorrata de sus cuotas."
4° Que, a su vez, el artículo 2081 del mismo cuerpo legal, aplicable a la comunidad por remisión del artículo 2309, dispone que "Ninguno de los socios puede hacer innovaciones en los inmuebles sociales sin el consentimiento de los otros."
5° Que, de la interpretación armónica de estas normas se desprende que, si bien cada comunero tiene derecho a usar y gozar de la cosa común, este derecho se encuentra limitado por el derecho de los demás comuneros. Por lo tanto, cualquier innovación o alteración que un comunero pretenda realizar en la cosa común requiere del consentimiento de los demás comuneros.
6° Que, en el presente caso, la solicitud de patente comercial para el ejercicio de una actividad comercial en el inmueble común constituye una innovación que requiere del consentimiento de los demás comuneros. Sin embargo, la autorización del administrador pro indiviso suple válidamente este requisito, en la medida que dicho administrador haya sido debidamente facultado por la comunidad para administrar y representar los intereses comunes.
7° Que, la sentencia recurrida, al confirmar el rechazo de la solicitud de patente comercial sin considerar la autorización del administrador pro indiviso, vulneró el derecho de la demandante a usar y gozar de la cosa común, así como el derecho de la comunidad a administrar sus bienes.
8° Que, por lo tanto, el recurso de casación en el fondo debe ser acogido.
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 764, 767 y 785 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de casación en el fondo interpuesto por en contra de la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2023, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que se invalida y se reemplaza por la que se dicta a continuación.
Redacción a cargo del Ministro Sr. .
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 1234-2023.
Ministro Ministro Ministro Abogado Integrante Secretario
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo Rol N° 8861-2011, interpuesto por la sociedad “Los Llanos S.A.” contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó que rechazó su reclamo de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Caldera.
• Antecedentes procesales relevantes La sociedad “Los Llanos S.A.”, administradora pro indiviso, interpone reclamo de ilegalidad contra la Municipalidad de Caldera por otorgar patente comercial a , comunero minoritario, sin su autorización. La Corte de Apelaciones de Copiapó rechaza el reclamo. “Los Llanos S.A.” interpone recurso de casación en el fondo contra esta sentencia.
• Hechos establecidos
- , comunero minoritario (12% de los derechos), obtuvo patente para explotar cabañas turísticas en un sector del inmueble común “Los Llanos de la Isla”.
- “Los Llanos S.A.” fue designada administradora pro indiviso del inmueble por el Cuarto Juzgado Civil de Copiapó, con amplias facultades de administración.
- “Los Llanos S.A.” solicitó a la Municipalidad de Caldera la cancelación de la patente de por no contar con la autorización del administrador.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Si la Municipalidad de Caldera actuó ilegal...
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