Suprema - Rol 9471-2012

LUZPARRAL S.A.

Abstracto

La Corte Suprema rechaza recurso de hecho contra la inadmisibilidad de un reclamo de ilegalidad (Ley N° 18.410), pero actúa de oficio. Revoca la inadmisibilidad, ordenando tramitar el reclamo, corrigiendo el cómputo de plazos según la Ley N° 19.880.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de hecho deducido contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca que negó lugar al recurso de apelación interpuesto contra la resolución que declaró inadmisible, por extemporáneo, el reclamo de ilegalidad presentado por la parte actora, conforme al artículo 19 de la Ley N° 18.410.

• Antecedentes procesales relevantes

  1. El abogado , en representación de la parte actora, interpone recurso de hecho contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, de fecha 14 de diciembre de 2012, que declaró inadmisible el recurso de apelación presentado contra la resolución de 26 de noviembre de 2012, que a su vez declaró inadmisible el reclamo de ilegalidad por extemporáneo.
  2. La Corte de Apelaciones de Talca informa que su decisión se basa en el artículo 19 de la Ley N° 18.410, que establece que el recurso de apelación solo procede contra la sentencia definitiva que resuelve el reclamo de ilegalidad, no contra la resolución que se pronuncia sobre su admisibilidad.

• Hechos establecidos

  1. LUZPARRAL S.A. interpuso un reclamo de ilegalidad contra el Oficio Circular N° 9896, de 16 de octubre de 2012, de la Subsecretaría de Electricidad y Combustible, conforme al artículo 19 de la Ley N° 18.410. La notificación del mencionado o...

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