Suprema - Rol 4795-2013
SINDICATO DE TRABAJADORES PABLO NERUDA CON EMPRESA CORESA S.A.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia sobre interpretación del artículo transitorio de la Ley 20.281, señalando que el plazo de seis meses para ajustar remuneraciones no limita la aplicación del ajuste.
Resumen
• Datos básicos del caso: El Sindicato de Trabajadores Pablo Neruda demanda a Coresa S.A. por diferencias de sueldo mínimo legal y cotizaciones previsionales desde el 1 de diciembre de 2010 hasta el 1 de diciembre de 2012.
• Antecedentes procesales relevantes: El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de San Antonio acoge parcialmente la demanda. La demandada interpone recurso de nulidad, el cual es rechazado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Luego, la demandada interpone recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos: La controversia se centra en si la empresa demandada pagó a los trabajadores el sueldo mínimo legal y si estaba facultada para ajustar el sueldo base imputando la diferencia a los emolumentos variables, y por cuánto tiempo.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Interpretación del artículo transitorio de la Ley N° 20.281, específicamente el plazo de seis meses para realizar ajustes al sueldo base con cargo a los ingresos variables de los trabajadores.
• Argumentos de las partes: El sindicato demandante argumenta que la empresa no pagó el sueldo mínimo legal. La demandada sostiene que sí pagó conforme a derecho, realizando ajustes al sueldo base según lo permitido por el artículo transitorio de la Ley N° 20.281, si...
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