Suprema - Rol 7559-2012
DIRECCION GENERAL DE AGUAS SEGUNDA REGION CON , HOTEL EN SUCHOR AYLLO DE QUITOR SAN PEDRO DE ATACAMA.
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, declarando la prescripción de la acción persecutoria de la autoridad de aguas contra Hotel, aplicando supletoriamente el plazo de prescripción de seis meses del Código Penal para faltas.
Resumen
• Datos básicos del caso: Hotel solicita la declaración de prescripción extintiva de la acción persecutoria de la autoridad de aguas.
• Antecedentes procesales relevantes: Se reproduce la sentencia en alzada y se mantienen considerandos del fallo anulado y motivaciones del fallo de casación.
• Hechos establecidos: La autoridad administrativa tomó conocimiento de los hechos constitutivos de la infracción el 7 de febrero de 2007, iniciándose el procedimiento mediante Ordinario N° 966 del 29 de agosto de 2007, presentado al tribunal el 31 de agosto de 2007.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinación del plazo de prescripción aplicable a la acción persecutoria de la autoridad de aguas en ausencia de una norma específica en la legislación administrativa.
• Argumentos de las partes: La denunciada Hotel argumenta la prescripción de la acción persecutoria conforme al artículo 94 del Código Penal.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se invoca la aplicación supletoria de principios del derecho penal sancionador al derecho administrativo sancionador, basándose en el origen común del ius puniendi del Estado.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte Suprema fundamenta su decisión en la aplicación supletori...
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