Suprema - Rol 4378-2013

DIFARMA S.A. CON S.I.I.

Abstracto

La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, rechazando la retroactividad en cobros del SII y la relación entre empresas en la enajenación de acciones, por no existir vínculo directo de propiedad o gestión entre ellas.

Resumen

• Datos básicos del caso Sentencia de reemplazo de la Corte Suprema, Rol N° 4378-13, de fecha 19 de marzo de 2014.

• Antecedentes procesales relevantes Se reproduce el motivo Tercero de la sentencia de casación. Se confirma la sentencia apelada de fecha 31 de julio de 2012.

• Hechos establecidos El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Circular N° 158 de 1976 que regula la corrección monetaria. La circular impone al SII analizar el conjunto de circunstancias previas o concurrentes a la enajenación para determinar si se está en presencia de una operación habitual. El artículo 18 de la Ley de Impuesto a la Renta obliga a considerar ciertos elementos de juicio, como que las operaciones figuren como objeto del pacto social, el número de operaciones y el lapso en que se realizan. Se discute la calidad de empresas relacionadas de las participantes en la enajenación, requiriéndose un vínculo en la propiedad o la gestión. Se establece la existencia de un controlador común entre las empresas participantes en la enajenación.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte

  1. Si la mención de inversión en bienes muebles en los objetos sociales exime al SII de analizar las circunstancias de la enajenación para determinar habitualidad.
  2. Si existe prohibición de co...

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