Suprema - Rol 10139-2013

JOSE ENRIQUE MOLINA AGUILERA CON COMERCIAL SEPMO Y CIA. LTDA. ORIZON S.A.

Abstracto

La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la responsabilidad del dueño de la obra por incumplimiento de las normas de seguridad (art. 183 E del Código del Trabajo) no excluye la responsabilidad solidaria con el contratista.

Resumen

• Datos básicos del caso Don demanda a Comercial Sepmo y Cía. Ltda. (empleador directo) y solidariamente a Pesquera Orizon S.A. (dueño de la obra) por indemnización de perjuicios por accidente del trabajo.

• Antecedentes procesales relevantes El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Coronel acoge la demanda, condenando solidariamente a ambas empresas al pago de $30.000.000 por daño moral. Pesquera Orizon S.A. recurre de nulidad, alegando infracción de los artículos 183 B y 183 E del Código del Trabajo, y 1511 y 1526 del Código Civil. La Corte de Apelaciones de Concepción acoge el recurso de nulidad, modificando la sentencia de primera instancia y estableciendo que la condena es mancomunada y por partes iguales. El demandante recurre de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos El 25 de noviembre de 2009, don sufre un accidente del trabajo en la Planta Coronel Sur de South Pacific Korp, hoy Pesquera Orizon S.A. Existía relación laboral entre el demandante y Comercial Sepmo y Cía. Ltda., siendo Pesquera Orizon S.A. mandante de esta última.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la responsabilidad del dueño de la obra (Pesquera Or...

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