Suprema - Rol 9233-2014

SOC.DE DESARROLLO RIO RANQUIL LTDA CONTRA CARRASCO ALMONACID ELIANA DEL CARMEN

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandada, confirmando la sentencia que acogió la demanda de reivindicación de un inmueble en Frutillar. Se desestima la infracción del artículo 889 del Código Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso Procedimiento ordinario, Rol Nº 1671-2012, seguido ante el 1º Juzgado de Letras de Puerto Varas, caratulado “Soc. de Desarrollo Río Ranquil Ltda. con ”.

• Antecedentes procesales relevantes La demandada recurre de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (12 de marzo de 2014), que rechazó el recurso de casación en la forma y confirmó el fallo de primer grado (10 de diciembre de 2013) que acogió la demanda de reivindicación.

• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia, confirmada por la Corte de Apelaciones, estableció que la demandante acreditó ser propietaria del Lote Uno-C de la subdivisión de resto de la hijuela ubicada en Frutillar, con una superficie de 304.660 metros cuadrados. Además, se probó que la demandante no tiene posesión material de una porción del terreno, ocupada por la demandada (6.022,4 metros cuadrados), la cual está debidamente singularizada.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Infracción del artículo 889 del Código Civil: si se cumplen los requisitos de la acción de reivindicación, especialmente la pérdida de la posesión inscrita por parte de la actora y la singularización del inmueble.

• Argumentos de las partes Dem...

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