Suprema - Rol 8306-2014
QUIROZ CON ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PLANVITAL S.A.
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, en sentencia de 8 de enero de 2015, rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia en un caso de despido injustificado y cobro de prestaciones, reafirmando la validez del descuento de un crédito de la caja de compensación directamente desde la indemnización por años de servicio, al existir autorización previa del trabajador.
Resumen
• Datos básicos del caso Don demandó a Administradora de Fondos de Pensiones Planvital S.A. por despido injustificado y cobro de prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia rechazó la demanda. La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto por el demandante. Se interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El trabajador fue despedido y se le descontó de su indemnización por años de servicio un monto adeudado a la Caja de Compensación Los Andes, conforme a un mandato otorgado previamente por el trabajador.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Es posible descontar de la indemnización por años de servicio de un trabajador, un crédito no devengado de una caja de compensación, sin su consentimiento expreso al momento del despido, o ello vulnera el principio de irrenunciabilidad de derechos laborales del artículo 5° del Código del Trabajo?
• Argumentos de las partes Demandante: No es posible realizar tal descuento, ya que vulnera el artículo 5° del Código del Trabajo sobre la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Cita jurisprudencia que apoya su postura. Demandada: El descuento es válido, ya que existió ...
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