Suprema - Rol 28427-2014
CON CÍA. DE INVERSIONES AQUELARRE.
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, con fecha 8 de junio de 2015, confirma la sentencia apelada que rechaza el amparo judicial de aguas, al no acreditarse la turbación de derechos de aprovechamiento de aguas indubitados por parte de los recurrentes.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Fecha: 8 de junio de 2015
- Tribunal: Corte Suprema de Chile, Tercera Sala.
- Rol: 28.427-2014
- Materia: Amparo judicial de aguas (artículo 181 del Código de Aguas).
• Antecedentes procesales relevantes
- Se dicta sentencia de reemplazo en virtud del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil.
- La sentencia de primera instancia, de fecha 3 de diciembre de 2013, fue apelada.
• Hechos establecidos
- Existencia de un debate sobre la pertenencia de las aguas ubicadas en la propiedad del demandado.
- Insuficiencia de la inspección personal del tribunal y del informe de la Dirección General de Aguas (DGA) para determinar si las aguas corresponden a derechos de los recurrentes.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Procedencia del amparo judicial de aguas interpuesto por los recurrentes, considerando la alegada turbación de sus derechos de aprovechamiento de aguas.
• Argumentos de las partes
- Recurrentes (Amparistas): Alegan ser titulares de derechos de aprovechamiento de aguas del Canal Derecho del Estero del Huape y del Canal Estero El Huape, destinados al uso, cultivo y beneficio de sus parcelas. Afirman que la demandada turbó sus derechos al colocar un taco que ...
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