Suprema - Rol 18118-2015
CON FEREXPO S.A.
Abstracto
La Corte Suprema de Chile declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia, al no existir identidad fáctica entre la sentencia impugnada y la ofrecida como contraste. Se discute el momento en que se devengan las comisiones: aceptación o concreción de la venta.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia, Rol Nº 18.118-2015, Corte Suprema, 26 de noviembre de 2015.
• Antecedentes procesales relevantes Se recurre de unificación de jurisprudencia contra la sentencia que rechazó el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia de primera instancia. El recurso de nulidad se fundó en las causales del artículo 477 (infracción de normas sobre devengo de comisiones) y 478 letra b) del Código del Trabajo (valoración de la prueba).
• Hechos establecidos El demandante reclamó el pago de comisiones. El contrato de trabajo establecía el pago de comisiones por ventas netas de unidades bomberiles, calculadas al 1% de dichas ventas. La sentencia impugnada consideró que las comisiones se devengan con las órdenes de compra, conforme al artículo 54 bis del Código del Trabajo. La sentencia de contraste (Rol 83-2004, Corte de Apelaciones de Copiapó) se refiere a una ejecutiva comercial cuyo contrato establecía que las comisiones se pagaban por "ventas concretadas", entendiendo por tales la celebración de contratos de compraventa, requiriéndose la extensión de un título traslaticio de dominio y la tradición.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si las comisiones se devengan en el instante de la ...
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