Suprema - Rol 27170-2015

VERGARA CON A.F.P. PROVIDA S.A.

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por AFP Provida S.A., estableciendo que las acciones del artículo 169 a) y 168 del Código del Trabajo son compatibles y autónomas.

Resumen

• Datos básicos del caso El caso corresponde al RIT O-5012-2014, RUC 1440044620-3, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “ con AFP Provida S.A.”. El demandante es don .

• Antecedentes procesales relevantes El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de contra AFP Provida S.A., declarando improcedente el despido. La demandada apeló mediante un recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Posteriormente, AFP Provida S.A. interpuso un recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos El demandante prestó servicios para AFP Provida S.A. desde mayo de 1981 hasta el 8 de agosto de 2014, fecha en que fue despedido por la causal de necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo). En la carta de despido se realizó una oferta irrevocable de pago de las indemnizaciones correspondientes. Previamente, el trabajador había ejercido la acción ejecutiva del artículo 169 letra a) del Código del Trabajo, obteniendo una condena para la AFP con un incremento del 20%, ya pagado.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento ...

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