Suprema - Rol 19620-2016

CADOBRA ALIMENTOS S.A. (DO BRASIL)

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, anula sentencia y ordena el registro de la marca "DO BRASIL" al considerar errónea la aplicación del artículo 20 letra e) de la Ley 19.039, dado el registro previo de la marca mixta por el solicitante.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo (Rol N° 19.620-2016) interpuesto por contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo de la solicitud de registro de la marca “DO BRASIL” para productos de la clase 30.

• Antecedentes procesales relevantes El INAPI rechazó la solicitud de registro marcario por considerar que incurría en las causales de irregistrabilidad de las letras a) y e) del artículo 20 de la Ley 19.039. El solicitante apeló, y el Tribunal de Propiedad Industrial revocó parcialmente el fallo de primer grado, desestimando la causal de la letra a) pero confirmando el rechazo basado en la letra e).

• Hechos establecidos solicitó el registro de la marca “DO BRASIL” para productos de la clase 30. El INAPI rechazó la solicitud. ya posee el registro N° 842.056 para la marca mixta “DO BRASIL” para distinguir “Café; clase 30”.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Incurre la sentencia recurrida en infracción del artículo 16 y 20 letra e) de la Ley 19.039 al confirmar el rechazo del registro de la marca “DO BRASIL”, pese a existir un registro previo de la marca mixta “DO BRASIL” a nombre del solicitante para la misma clase de productos?

• Argumentos de las partes [Re...

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