Suprema - Rol 92799-2016
CLINICA DE SALUD INTEGRAL CON LEONINA DEL CARMEN DIAZ ANDRADE
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de hecho contra resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que declaró improcedente una apelación. Sin embargo, en uso de facultades oficiosas, revoca resolución que afectaba la adhesión a la apelación de la ejecutada, ordenando tramitar el recurso.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho interpuesto en juicio ejecutivo de cobro de pagaré, caratulado “Clínica de Salud Integral con Díaz”. La parte ejecutada impugna la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que negó lugar a conceder la apelación interpuesta por su parte.
• Antecedentes procesales relevantes: El ejecutado se adhirió al recurso de apelación interpuesto por un tercero excluyente (Serviu) en un incidente de inembargabilidad. Aunque inicialmente se concedió el recurso, la apelación del tercero fue declarada desierta, dejando sin efecto la adhesión del ejecutado. El recurso de reposición presentado contra esta decisión fue rechazado, y la apelación deducida contra este rechazo fue declarada improcedente.
• Hechos establecidos: El Serviu compareció como tercero excluyente alegando que el inmueble embargado fue adquirido con fondos de dicha repartición. La apelación del Serviu fue declarada desierta por incomparecencia, lo que llevó a dejar sin efecto la adhesión del ejecutado.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si es procedente el recurso de hecho interpuesto contra la resolución de la Corte de Apelaciones que declaró improcedente la apelación.
• Argumentos de las partes: El ejecutado argumenta que se le agravió...
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