Suprema - Rol 99915-2016

KIA ECO ELECTRIC

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por , confirmando la decisión del Tribunal de Propiedad Industrial que denegó el registro de la marca "KIA ECO ELECTRIC".

Resumen

• Datos básicos del caso interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó el rechazo de la solicitud de registro de la marca mixta “KIA ECO ELECTRIC”.

• Antecedentes procesales relevantes El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó la decisión de primera instancia que rechazó de oficio la solicitud de registro de la marca mixta “KIA ECO ELECTRIC” para servicios de la clase 12, basándose en las prohibiciones de registro contenidas en los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039.

• Hechos establecidos La sentencia impugnada establece que existen semejanzas gráficas y fonéticas determinantes entre la marca solicitada y otras ya registradas, lo que podría inducir a confusión, error o engaño respecto de la procedencia o cualidad de los productos. Se considera que la marca “ECO ELECTRIC”, aunque débil individualmente, posee distintividad como conjunto, y su inclusión íntegra en la marca solicitada generaría confusión. La adición de “KIA” no es suficiente para evitar la confusión.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial infringió los artículos 16, 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039 al confirmar el rech...

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