Suprema - Rol 92985-2016
BANCO RIPLEY CON .(E)
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, al considerar que transcurrió el plazo de un año para las cuotas futuras, contado desde la presentación de la demanda.
Resumen
• Datos básicos del caso: Sentencia de reemplazo de la Corte Suprema, de fecha 8 de marzo de 2017, Rol N° 92.985-16.
• Antecedentes procesales relevantes: Se dicta la sentencia de reemplazo en cumplimiento de lo ordenado en el fallo precedente y el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil. Se reproduce la sentencia de alzada, eliminando los fundamentos 2°, 3° y 4°.
• Hechos establecidos: Se determina que la cláusula de aceleración contenida en los títulos ejecutivos es facultativa. La demanda fue presentada a distribución el 5 de febrero de 2015 y notificada a la ejecutada el 8 de febrero de 2016.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la acción ejecutiva se encuentra prescrita, considerando la naturaleza facultativa de la cláusula de aceleración y el tiempo transcurrido entre la presentación de la demanda y la notificación a la ejecutada.
• Argumentos de las partes: No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se mencionan los artículos 98 de la Ley 18.092 y 2514 del Código Civil.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte Suprema establece que, al ser la cláusula de aceleración facultativa, el plazo de prescripción debe contarse desde que el acreedor manifiesta su voluntad de hacerla efectiva, es ...
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