Suprema - Rol 99932-2016

VILLENA CON CORPORACION MUNICIPAL DE SAN FERNANDO EDUCACION MENORES Y SALUD.

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia sobre prescripción laboral (art. 510 Código del Trabajo). Determina que el plazo de dos años aplica a derechos de fuente legal, y el de seis meses a los originados en acuerdos entre partes. Anula sentencia y ordena nuevo fallo.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos RIT O-38-2016, RUC 1640022124-7, del Primer Juzgado de Letras de San Fernando, caratulados “ con Corporación Municipal de Educación, Menores y Salud de San Fernando”.

• Antecedentes procesales relevantes En primera instancia, se acogió la excepción de prescripción opuesta por la demandada. La demandante interpuso recurso de nulidad fundado en el artículo 477 del Código del Trabajo, el cual fue rechazado. Contra esta última decisión, la actora dedujo recurso de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos La demandante reclama el pago de la primera cuota del sueldo de noviembre de 2012, asignación de directora de los meses de abril y mayo de 2013, y licencias médicas no pagadas correspondientes a los meses de enero, febrero, días de marzo, mayo y abril de 2014.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La materia de derecho que se busca unificar es la interpretación del artículo 510 del Código del Trabajo en relación con los plazos de prescripción de las acciones laborales, específicamente si el plazo de dos años se aplica a derechos originados en la ley y el de seis meses a derechos originados en la voluntad de las partes.

• Argumentos de ...

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