Suprema - Rol 3920-2009

ANONIMIZADO

Abstracto

La Corte Suprema acoge el exequátur de una sentencia de divorcio dictada en Francia en 1996, al no contravenir las leyes chilenas y cumplir con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso Don , ciudadano chileno, solicita exequátur para la sentencia de divorcio dictada el 5 de febrero de 1996 por el Tribunal de Mayor Cuantía para Asuntos de Familia de Lyon, Francia, que disolvió su matrimonio con doña (también conocida como ), ciudadana francesa, celebrado el 1° de junio de 1989 en Lyon e inscrito en Chile.

• Antecedentes procesales relevantes La demandada, doña , fue notificada en Francia y no formuló objeciones al exequátur, ratificando el divorcio y su posterior nuevo matrimonio. El Fiscal Judicial informó favorablemente la solicitud.

• Hechos establecidos

  1. Don y doña contrajeron matrimonio el 1° de junio de 1989 en Lyon, Francia, inscrito en Chile con el número NUM000 del Registro X del año 1994.
  2. La convivencia cesó en febrero de 1995.
  3. Doña demandó el divorcio el 20 de septiembre de 1994 ante el tribunal francés por la causal de culpas recíprocas, a lo que don se allanó. El tribunal autorizó la separación en febrero de 1995.
  4. La sentencia de divorcio se dictó el 5 de febrero de 1996.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si procede conceder el...

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