Suprema - Rol 58783-2016

, Y CON REPUBLICA DEL PERU(MANCORA)

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por la República del Perú, confirmando la sentencia que concedió el registro de la marca "MANCORA" en clase 41 a . Se confirma que no existe infracción a la ley de propiedad industrial.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo, Rol N° 58.783-16, interpuesto por la República del Perú contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó el registro de la marca denominativa “MANCORA” a favor de , para la clase 41.

• Antecedentes procesales relevantes La República del Perú se opuso al registro de la marca “MANCORA”. El Tribunal de Propiedad Industrial rechazó la oposición, decisión que fue confirmada en segunda instancia. La República del Perú interpuso recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos solicitó el registro de la marca denominativa “MANCORA” en la clase 41, que abarca servicios como discotecas, organización de eventos, espectáculos, clubes nocturnos y similares. La República del Perú se opuso al registro, alegando que la marca carecía de distintividad y podía inducir a error.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sentencia recurrida incurrió en infracción de los artículos 16 y 20 letras e), f) y k) de la Ley N° 19.039 al confirmar la decisión de conceder el registro de la marca “MANCORA”.

• Argumentos de las partes La República del Perú argumentó que la marca “MANCORA” es descriptiva, carece de distintividad, induce a error y genera competencia desle...

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