Suprema - Rol 94949-2016

CANCINO CON ESTAY.

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la sanción por nulidad del despido del artículo 162 del Código del Trabajo es aplicable a la empresa principal en régimen de subcontratación.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos RUC N° 1440043266-0 y RIT N° 0-6231-2015, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “ con Estay”.

• Antecedentes procesales relevantes El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de despido injustificado y nulidad del despido, condenando solidariamente a , Fundación Invica y Cooperativa Abierta de Vivienda Proviccop Limitada, y subsidiariamente a Constructora Carrán S.A. Constructora Carrán S.A. interpuso recurso de nulidad, invocando las causales del artículo 478 letra b) y, subsidiariamente, el artículo 477 en relación con los artículos 162, 183-A y 183-B del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad, rechazando la demanda de nulidad del despido respecto de Constructora Carrán S.A. El demandante, Fundación Invica y Cooperativa Abierta de Vivienda Provicoop Limitada interpusieron recursos de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos —

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte

  1. Procedencia de hacer efectiva la solidaridad o subsidiaridad respecto de la sanción establecida en el artículo 162, incisos 5° y 7°, del Código del Trabajo del contratista a la empresa mandante.
  2. Interpretación ...

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