Suprema - Rol 24914-2017

ANONIMIZADO

Abstracto

La Corte Suprema rechaza recurso de nulidad contra sentencia condenatoria por tráfico de pequeñas cantidades de droga. Se argumenta que no es exigencia del tipo penal la pureza de la sustancia, sino la capacidad de producir efectos tóxicos, acreditada en el caso.

Resumen

• Datos básicos del caso Causa RUC N° 16100033139-3 y RIT N° 135-2017, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. Sentencia de 19 de mayo de 2017 condenó a como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga (artículo 4° de la Ley 20.000) a 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público y multa de 10 UTM. El delito se cometió el 9 de septiembre de 2016 en Penco.

• Antecedentes procesales relevantes La defensa del sentenciado interpuso recurso de nulidad, el cual fue declarado admisible. Se realizó audiencia pública el 22 de junio de 2017.

• Hechos establecidos El 9 de septiembre de 2016, aproximadamente a las 16:20 horas, en la costanera de Penco, vendió a otro sujeto un envoltorio con 1 gramo de cannabis sativa por $1.000. Además, portaba 15 envoltorios con 13,6 gramos brutos de cannabis sativa. En su domicilio, poseía una pesa digital y dos plantas de cannabis sativa (57 y 42 cm), y se le incautaron $21.000 en billetes de baja denominación.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la ausencia de protocolo de análisis de la pureza de la sustancia incautada, exigido por el artículo 43 de la Ley N° 20.000, impide calificar la conducta como delito de tráf...

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