Suprema - Rol 33857-2017
FONOILIMITADO-100 MOVIL
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por , confirmando la decisión de rechazar el registro de la marca mixta “FONOILIMITADO +100 MÓVIL” por carecer de distintividad y ser descriptiva de los servicios ofrecidos.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo interpuesto por en contra de la sentencia que confirmó el rechazo del registro de la marca mixta “FONOILIMITADO +100 MÓVIL” para la clase 38.
• Antecedentes procesales relevantes El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) rechazó de oficio el registro de la marca. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó la decisión. interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos INAPI rechazó el registro de la marca por considerar que incurre en la causal de irregistrabilidad del artículo 20 letra e) de la Ley N° 19.039, al ser una expresión empleada para indicar la naturaleza, destinación y cualidad de los servicios solicitados y ser de uso general en el comercio. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó esta decisión.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la marca mixta “FONOILIMITADO +100 MÓVIL” es registrable, o si incurre en la causal de irregistrabilidad del artículo 20 letra e) de la Ley N° 19.039. Si la sentencia recurrida incurrió en infracción de ley al confirmar el rechazo del registro.
• Argumentos de las partes argumenta que la marca cumple con los requisitos de ley, es original, novedosa y distintiva. Señala que ...
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