Suprema - Rol 33862-2017
FONOILIMITADO+300 MOVIL
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por VTR, confirmando la decisión de rechazar el registro de la marca mixta “FONOILIMITADO +300 MÓVIL” por inducir a error o engaño, contraviniendo el artículo 20 letra f) de la Ley N° 19.039.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo interpuesto por VTR Comunicaciones SpA contra la sentencia que confirmó el rechazo del registro de la marca mixta “FONOILIMITADO +300 MÓVIL” para la clase 9.
• Antecedentes procesales relevantes El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) rechazó de oficio el registro de la marca. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó esta decisión. VTR interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos INAPI rechazó el registro de la marca por considerar que inducía a error o engaño respecto de la procedencia, cualidad o género de los productos solicitados, de acuerdo al artículo 20 letra f) de la Ley N° 19.039. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó el rechazo, señalando que la marca carece de carácter distintivo y que la frase induce a error o engaño respecto de la naturaleza o cualidad de los productos a distinguir.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sentencia recurrida infringió los artículos 16, 19, 19 bis d) y 20 literales e) y f) de la Ley N° 19.039 al confirmar el rechazo del registro de la marca mixta “FONOILIMITADO +300 MÓVIL”.
• Argumentos de las partes VTR argumenta que la marca cumple con los requisitos legales, es original, novedosa y distintiva. Sostien...
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