Suprema - Rol 4937-2017
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema acoge el exequátur de una sentencia de divorcio dictada en España, al estimar que no contraviene las leyes chilenas y cumple con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil. Se homologa el divorcio de común acuerdo al cese de convivencia.
Resumen
• Datos básicos del caso Solicitud de exequátur para la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Primera Instancia sobre Familia N° 15 de Barcelona, Reino de España, el 23 de septiembre de 2015.
• Antecedentes procesales relevantes Los abogados de ambas partes solicitan conjuntamente el exequátur. La fiscal judicial informa favorablemente la petición. Se ordena traer los autos en relación.
• Hechos establecidos
- y contrajeron matrimonio en Chile el 11 de julio de 2003.
- El Juzgado de Primera Instancia sobre Familia N° 15 de Barcelona declaró el divorcio de común acuerdo el 23 de septiembre de 2015.
- El fundamento de la sentencia es la solicitud de común acuerdo y el transcurso del tiempo necesario desde la celebración del matrimonio.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia de divorcio dictada en España cumple con los requisitos para ser reconocida y ejecutada en Chile, conforme al artículo 245 del Código de Procedimiento Civil.
• Argumentos de las partes Los solicitantes argumentan que la sentencia cumple con los requisitos para el exequátur.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se citan los artículos 242, 243, 244 y 245 del Código de Procedimiento Civil,...
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