Suprema - Rol 18992-2017

CARROZA / SOCIEDAD PAVIMENTOS NORTE LIMITADA

Abstracto

Santiago,

VISTOS:

En estos autos Rol N° 1234-2023, caratulados "Sociedad ABC con ", seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, la parte demandada, , interpuso recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la de primer grado, que acogió el incidente de abandono del procedimiento.

CONSIDERANDO:

1° Que el recurso de casación se funda en la infracción de los artículos 156, 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, argumentando, en síntesis, que la notificación de la resolución que recibe la causa a prueba interrumpió el plazo de abandono del procedimiento.

2° Que, para resolver el recurso, es necesario tener presente los siguientes antecedentes del proceso:

a) Que la demanda fue notificada a el 1 de enero de 2022. b) Que la resolución que recibió la causa a prueba fue notificada a la parte demandante el 15 de febrero de 2022 y a la parte demandada el 22 de febrero de 2022. c) Que la parte demandante solicitó el abandono del procedimiento el 1 de septiembre de 2022.

3° Que el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil establece que el plazo de abandono del procedimiento se interrumpe por la realización de cualquier gestión útil para dar curso progresivo al juicio, realizada por cualquiera de las partes.

4° Que, en el caso de autos, la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba no interrumpió el plazo de abandono del procedimiento, ya que no fue notificada a todas las partes dentro del plazo de seis meses contados desde la última resolución recaída en alguna gestión útil.

5° Que, en efecto, la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba a la parte demandada fue realizada con posterioridad al plazo de seis meses contados desde la última gestión útil, que fue la notificación de la demanda.

6° Que, por lo tanto, la sentencia recurrida no ha incurrido en los errores de derecho que se le imputan, y el recurso de casación debe ser rechazado.

Por estas consideraciones, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Redactor:

Rol N° 1234-2023.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros , , y los Abogados Integrantes y .

Autoriza el Ministro de Fe de la Corte Suprema.

Ministro de Fe Corte Suprema

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de casación en el fondo en el caso “ y otra y Sociedad de Pavimentos Norte Limitada y otro”, rol N°6974-2014, seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Antofagasta. La demandante recurre contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de 30 de marzo de 2017 (erróneamente fechada en 2016).

• Antecedentes procesales relevantes: El juzgado de primera instancia había rechazado un incidente de abandono del procedimiento. La Corte de Apelaciones revocó esa decisión, acogiendo el incidente y declarando abandonado el procedimiento, con costas. Contra esta última sentencia, la demandante interpone recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos: La Corte de Apelaciones constató que entre la resolución que recibió la causa a prueba (6 de mayo de 2016) y la petición de abandono (11 de noviembre de 2016), las partes cesaron en la prosecución del juicio por un lapso superior a 6 meses.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba interrumpe el plazo de abandono del procedimiento según el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.

• Argumentos de las partes: La...

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