Suprema - Rol 38708-2017
SINDICATO DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE EMPRESA CHILECTRA S.A./CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible un recurso de hecho interpuesto por el Sindicato de Profesionales Universitarios de Empresa Chilectra S.A., al no ser la Corte el tribunal competente para conocer del recurso de apelación original.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de hecho N° 38.708-17, interpuesto por el Sindicato de Profesionales Universitarios de Empresa Chilectra S.A., en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la reclamación de la determinación de las empresas sin derecho a huelga.
• Antecedentes procesales relevantes El Sindicato interpone recurso de hecho contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la reclamación de la determinación de las empresas sin derecho a huelga.
• Hechos establecidos —
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si es admisible el recurso de hecho interpuesto contra la resolución que declaró inadmisible el recurso de apelación.
• Argumentos de las partes El Sindicato de Profesionales Universitarios de Empresa Chilectra S.A., representado por su abogado, interpone recurso de hecho contra la resolución de la Corte de Apelaciones.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se citan los artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema La Corte Suprema señala que no es el tribunal llamado a conocer del recurso de apelación, conforme al artículo 98 del Código Orgánic...
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