Suprema - Rol 37810-2017

GARCIA LECAROS CARLOS / I. MUNICIPALIDAD DE COLINA

Abstracto

La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección interpuesto contra la Municipalidad de Colina por ser extemporáneo. El plazo se computa desde el conocimiento del acto por el recurrente, no desde la notificación a terceros.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por , en representación de , contra la Ilustre Municipalidad de Colina.

• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de primera instancia, la cual fue apelada ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos La Municipalidad de Colina no dio cumplimiento al Oficio N° 563 de la Contraloría General de la República, que disponía el reintegro de a sus funciones y el pago de remuneraciones adeudadas. El recurrente tuvo conocimiento del acto el 25 de enero de 2017, fecha de emisión del acto administrativo de la Contraloría. El recurso de protección fue interpuesto el 27 de febrero de 2017.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinación del plazo para interponer un recurso de protección y desde cuándo se computa dicho plazo: si desde la fecha de emisión del acto o desde la fecha en que se entiende notificado a terceros. Establecer si el recurso fue presentado dentro del plazo legal.

• Argumentos de las partes El recurrente argumenta que el plazo para interponer el recurso debe contarse desde que la Municipalidad fue notificada del oficio ...

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