Suprema - Rol 100642-2016
CON HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PUBLICA DOCTOR ALEJANDRO DEL RIO.
Abstracto
La Corte Suprema confirma la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento, al constatar que el plazo de seis meses exigido por el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil se interrumpió por gestiones útiles de la parte demandante.
Resumen
• Datos básicos del caso: Se trata del Rol Nº 100.642-2016 de la Corte Suprema, sentencia de reemplazo dictada el 2 de noviembre de 2017. La materia versa sobre un incidente de abandono del procedimiento. El tribunal es la Tercera Sala de la Corte Suprema.
• Antecedentes procesales relevantes: Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, luego de un recurso de casación.
• Hechos establecidos: El incidentista solicita declarar el abandono del procedimiento, argumentando que las partes cesaron en la prosecución del juicio por más de seis meses desde la última resolución útil.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si ha operado el abandono del procedimiento conforme al artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
• Argumentos de las partes: El incidentista alega el cese en la prosecución del juicio por más de seis meses. La parte demandante realizó gestiones útiles para la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte considera que el plazo de seis meses para el abandono del procedimiento se vio interrumpido por las gestiones ...
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