Suprema - Rol 38782-2017
E EUROREPAR
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo, confirmando la decisión del INAPI y del Tribunal de Propiedad Industrial de rechazar el registro de la marca mixta “E EUROREPAR” por ser confusamente similar a marcas preexistentes.
Resumen
• Datos básicos del caso El abogado , en representación de EURO REPAR CAR SERVICE, interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia que confirmó el rechazo del registro de la marca mixta “E EUROREPAR”.
• Antecedentes procesales relevantes El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) rechazó de oficio el registro de la marca mixta “E EUROREPAR” para las clases 7, 11 y 12, invocando las causales de irregistrabilidad del artículo 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó esta decisión.
• Hechos establecidos INAPI rechazó el registro de la marca “E EUROREPAR” debido a la existencia previa de las marcas mixtas “EUROREPARD” (clases 7 y 12) y “EUROPARD” (clase 11), considerando que la similitud entre los signos podría inducir a confusión, error o engaño al público consumidor.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia recurrida infringió los artículos 16 y 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039 al confirmar el rechazo del registro de la marca “E EUROREPAR”, basándose en la existencia de similitudes confundibles con las marcas preexistentes “EUROREPARD” y “EUROPARD”.
• Argumentos de las partes El recurrente argumenta q...
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