Suprema - Rol 34475-2017
PRODUCTOS DE MADERA LIMITADA CON CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO.
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de casación en el fondo, estableciendo que en el juicio sumario, una vez vencido el término probatorio, es deber del tribunal citar a las partes a oír sentencia, no pudiendo sancionarse la inactividad de las partes con el abandono del procedimiento.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo Rol N° 34.475-2017, caratulados “Productos Madera Limitada con Fisco de Chile”, interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primer grado que acogió el incidente de abandono del procedimiento en un juicio sumario regido por el artículo 171 del Código Sanitario.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión de primer grado que acogió el incidente de abandono del procedimiento.
• Hechos establecidos a. El 28 de noviembre de 2013 se recibió la causa a prueba. b. La parte demandante repuso la resolución anterior, lo que fue resuelto el 6 de enero de 2014. c. El 3 de septiembre de 2014, la parte demandante solicitó que se citara a las partes a oír sentencia. d. El 23 de septiembre de 2014, se resolvió la solicitud anterior indicando: “venga con sus antecedentes”. e. El 9 de septiembre de 2014, se solicitó que se certificara el extravío del expediente, sin resolución al respecto. f. El 17 de mayo de 2016 se ordenó el archivo de los antecedentes. g. El 17 de mayo de 2016, la parte demandada solicitó el abandono del procedimiento.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Puede considerarse abandonado un procedi...
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