Suprema - Rol 39406-2017

CON Y OTRO.

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la sanción de nulidad del despido procede incluso si la relación laboral es declarada en la sentencia, ya que esta tiene carácter declarativo y no constitutivo.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos Rit O-519-2017, Ruc 1740019009-7, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, caratulados “ con ”.

• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió parcialmente la demanda, declarando injustificado el despido y ordenando el pago de indemnizaciones, pero desestimó la nulidad del despido (artículo 162 del Código del Trabajo). La demandante recurrió de nulidad, invocando el artículo 477 del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad. La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia probó la existencia de una relación laboral entre las partes y calificó el despido como injustificado. Si bien se acreditó la falta de pago de cotizaciones previsionales, no se aplicó la sanción de nulidad del despido, argumentando que la relación laboral era informal y no hubo retención de dinero para cotizaciones. Sin embargo, se condenó al pago de las cotizaciones adeudadas.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Procede la sanción de nulidad del despido (artículo 162 del Código del Trabajo) cuando la existencia de la relación laboral y la obligac...

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