Suprema - Rol 12282-2018
JOCELIN ANDREA JOFRE VELASQUEZ Y OTROS CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUALPEN. (I)
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la Municipalidad de Hualpén, estableciendo que no procede la nulidad del despido cuando la relación laboral se establece con un órgano de la Administración del Estado a partir de contratos a honorarios.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT O-282-2017, RUC 1740013238-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad de Hualpén contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que acogió el recurso de nulidad de la parte demandante ( y otros) y dictó sentencia de reemplazo favorable a estos últimos, en un caso de despido injustificado y nulidad del despido.
• Antecedentes procesales relevantes: -Demanda original rechazada en primera instancia (Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, 22 de noviembre de 2017). -Recurso de nulidad de la parte demandante acogido por la Corte de Apelaciones de Concepción (24 de abril de 2018), dictando sentencia de reemplazo que acoge la demanda. -Recurso de unificación de jurisprudencia de la Municipalidad demandada contra la sentencia de reemplazo.
• Hechos establecidos: La sentencia impugnada (Corte de Apelaciones) acogió la demanda de nulidad del despido, fundada en el no pago de cotizaciones previsionales durante el período trabajado, considerando la relación contractual a honorarios existente entre las partes.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar la correcta aplicación de la sanción de nulidad del despi...
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